Código Público de Normas Éticas
TELEDOCE
(el medio)
1. Son derechos fundamentales la libertad de expresión y el derecho a la información de la población.
2. Los periodistas del medio tienen el deber ético de exigir que se respeten los derechos fundamentales, así como las condiciones necesarias para el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información por cualquier medio y sin censura previa.
3. Los periodistas del medio deben velar por el buen uso del idioma español.
4. El compromiso con la búsqueda de la verdad debe llevar a los periodistas del medio a brindar una cobertura de los hechos lo más completa y contextualizada posible.
5. Los periodistas del medio no deben difundir material falso, engañoso o deformado a sabiendas. Si así lo hiciesen por error será de buena práctica rectificar la información y pedir disculpas por la equivocación.
6. Asimismo, los periodistas del medio deben respetar el acuerdo de confidencialidad con el informante.
7. La ética profesional exige tratar con respeto todos los temas y a todas las personas, sean o no públicas.
8. El medio se conducirá teniendo como guía la veracidad de los hechos y el interés público en la noticia.