La Rendición de Cuentas que remitió el gobierno al Parlamento contiene unos 40 artículos referidos al Ministerio del Interior. Entre otros cambios normativos y presupuestales, se establece la suba de las penas para el homicidio sin agravantes, así como también que las declaraciones de las personas privadas de libertad sean “preceptivamente" por vía virtual. Estos cambios generaron críticas por parte de distintos operadores judiciales. Para conocer su visión y el motivo de los cuestionamientos a los cambios que propone la Rendición de Cuentas, recibimos a Yamila Cabrera, presidenta de la Asociación de Defensores de Oficio (defensora penal en Pando); y a Juan Fagúndez, presidente de la Asociación de Abogados Penalistas.
La declaración de los detenidos "a través de medios telemáticos"
Yamila Cabrera
El problema es que a diario sucede que, cuando vamos a celebrar una audiencia, la unidad de traslado no tiene móviles suficientes ni funcionarios suficientes, y eso implica que cada vez que tenemos una audiencia en el juzgado se suspenda o se tenga que prorrogar porque la unidad de traslado no puede llevar al privado de libertad.
Trasladamos el problema que es del INR, que está colapsado, a la parte más débil del sistema penal, que es el imputado.
No compartimos este artículo porque, por un lado, es una norma muy imprecisa. Habla de declaraciones. No sabemos en qué sentido. Además de que no va a ser aplicable porque no existe la cantidad de defensores públicos suficientes, lo más grave es que estaríamos coartando derechos, porque el sistema nuestro es el sistema penal acusatorio. Y eso implica que la discusión sea una argumentación oral. Entonces, en una audiencia está el juez y el fiscal. Y si van a presentar prueba o si va un testigo a declarar, la defensa tiene que tener esa posibilidad de ver la prueba, de decirle al testigo “objeción” y eso sucede si hay una oralidad, una presencialidad. Es algo básico del sistema acusatorio actual.
Las partes tienen que estar presentes en el proceso, y no puede ser que el defensor y el imputado lo vean por televisión.
Juan Fagúndez
Nosotros no vamos a ir a justificar este horror. No sé qué medidas tomaremos, cuántos seremos, pero nosotros estamos decididos a no hacer eso.
Nosotros no vamos a justificar que el preso declare desde la casa, con todo lo que eso significa, para que pueda ejercer su libertad de declarar lo que quiera y no en frente a los que lo cuidan, a los otros presos con los que pueda haber una rivalidad por lo que declare.
Rompe a los ojos esta cuestión.
Es muy serio porque yo creo que esto está dentro de una estrategia de rompimiento de la nueva estructura. Nosotros somos muy críticos con este código. Creemos que tiene que tener varias reformas integrales, no estas puntuales que han ido poniendo más escollos en el ejercicio. Pero creemos que hay cierta lucha interna entre poderes que se dividen entre la fiscalía y la policía.
Yo pediría públicamente que la Asociación de Magistrados del Uruguay y la Asociación de Fiscales del Uruguay tomen alguna posición sobre esto porque es en defensa del sistema, no de defensa de una situación de los defensores. Esto tiene que ver con algo mucho más grande.
Yamila Cabrera
Además de que las consecuencias son perversas, tenemos la dificultad de que el sistema carcelario no es el mismo de hace 20 años. En vez de focalizarnos en ese aspecto, recortamos derechos. Al no contratar más defensores públicos, las dificultades son de acceso a la justicia. Cada vez es más difícil acceder a un defensor público.
Sobre artículo de aumento de rango de penas por homicidios y los agravantes que se suman al delito
Yamila Cabrera
Siempre estuvimos en contra de que en una ley de Rendición de Cuentas se agrave la pena o se modifique algún artículo del Código Penal. Lo manifestamos no solo en este gobierno, sino en todos los demás. Y sabemos las consecuencias que ha tenido.
Me parece que lo que hay que ver es con qué finalidad. En este caso puntual es desmotivar el homicidio especialmente agravado en los casos donde hay narcotráfico. Pero no se destinan recursos para poder ir contra el narcotráfico.
Juan Fagúndez
El homicidio es el delito que tiene más ejemplos diferentes entre sí por las razones por los cuales alguien mata una persona. No todo homicidio parte de una decisión egoísta hacia la vida del otro sino que hay homicidios que se dan, por ejemplo, como resultado de una relación nefasta de vecinos.
No todo homicidio debe ser penalizado con seis años. Hay homicidios que no merecen esa pena. Hay homicidios que no tienen una carga de intencionalidad. Tenés un margen altísimo para penar una persona. Porque después del de 12 años podes entrar en el agravado y en el muy especial agravado que puede llegar a los 30 años. Vos no necesitás levantar el mínimo, lo que necesitás es regular sobre las causas del homicidio hasta llegar a los 30.
A mí me preocupa el caso que no merece estar más de tres años preso. Pero ahora la ley dice que vas a arrancar en seis.
No podemos dejar a los políticos que decidan cosas sobre las que no saben.
Cuando vos vas a la cárcel tenés una chance del cincuenta por ciento de que te maten.
Cuando una persona va presa, va presa toda la familia.