Congreso argentino comienza a tratar la Ley Conan para agravar penas por maltrato animal y que lleva el nombre del perro muerto de Milei

¿Qué propone la iniciativa? Básicamente, endurecer las sanciones económicas y punitivas para quienes incurran en conductas tipificadas como maltrato y crueldad animal.

El Congreso argentino comienza este miércoles el tratamiento de la Ley Conan, una norma que aumenta las penas para quienes cometen maltrato animal y que no solo tiene el visto bueno del presidente Javier Milei sino que se vincula directamente con uno de sus grandes amores -como él mismo lo ha expresado-: su perro Conan.

Milei tiene una relación muy estrecha con sus mascotas, que comenzó con Conan, su primer mastín que, una vez fallecido, fue clonado para originar a sus cuatro canes actuales: Milton, Murray, Robert y Lucas, llamados así por los nombres de reconocidos economistas (Milton Friedman, Murray Rothbard y Robert Lucas).

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Su fuerte empatía por los animales hizo que Milei le diese el respaldo al proyecto de ley que es iniciativa del diputado (por el PRO) Damián Arabia, uno de los más cercanos a la excandidata presidencial y actual ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.

¿Qué propone la iniciativa? Básicamente, endurecer las sanciones económicas y punitivas para quienes incurran en conductas tipificadas como maltrato y crueldad animal.

Por un lado, establece que “quien cometa malos tratos o haga víctima de actos de crueldad a los animales sea reprimido con prisión de seis meses a cinco años” y “con multa de cinco a treinta veces el valor del Salario Mínimo Vital y Móvil”, según recoge el diario La Nación.

En tanto, propone que “se consideren actos de maltrato no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos; emplear animales en tareas que excedan sus fuerzas, sean inapropiadas en base a su aptitud, estado físico y/o les provoquen castigos, dolores o sufrimientos; no procurar atención médica veterinaria cuando estén bajo su responsabilidad; limitar de manera constante en el tiempo su movilidad en áreas por cuyas dimensiones o exposición a temperaturas extremas, sea frío o calor intenso, representen un peligro para su salud o les impida expresar su natural comportamiento; abandonar a un animal bajo su responsabilidad en la vía pública o en predios públicos o privados, exponiéndolo a condiciones de desamparo, falta de higiene, carencia alimentaria o evidentes problemas de salud; y estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos o que no se encuentren autorizadas por el ente sanitario correspondiente”.

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También plantea que “se entiendan como actos de crueldad practicar la vivisección sobre cualquier animal; intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia o sin poseer el título de médico o veterinario, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada; experimentar con animales para la producción de cosméticos y/o de ingredientes utilizados en el sector de la cosmetología; experimentar con animales cuando existan otras formas de investigación científica y de extensión, y no sea estrictamente necesaria su realización, cuando los resultados buscados se hayan obtenido con prácticas anteriores y/o se incumplan en ello con los estándares indispensables de ética animal o bioética, de un protocolo de garantía del uso ético y seguro de los animales aprobado por autoridad competente; lastimar o arrollar animales intencionalmente; y realizar, facilitar o participar activamente en actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, carreras de perros, novilladas, parodias y ritos, en que se mate, hiera u hostilice a los animales”.

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En caso de asesinar a un animal con “malos tratos, haciéndolo víctima de actos de crueldad o por mera perversidad” se propone que esa persona sea sometida a “prisión de dos a seis años y una multa de 100 a 200 veces del salario Mínimo Vital y Móvil”. Lo mismo aplicará para cosas de abuso sexual, torturas o mutilamientos.

Además de proteger a los animales con medidas cautelares de protección especiales y apartado del victimario, el proyecto de ley también propone que además de las condenas en casos de maltrato, crueldad o muerte, “se aplique como pena accesoria la inhabilitación especial para la tenencia de animales y la imposibilidad de ejercer cualquier tipo de contacto con ellos”.

La iniciativa comienza a ser tratada este miércoles en la Comisión de Legislación Penal de la Cámara baja. En Argentina rige una ley vinculada al tema que data de 1954, por lo que el legislador que la propuso esgrimió, entre otros aspectos, que la normativa debe “revisarse y actualizarse” de forma profunda, pese a que ha habido sumatorias normativas como en 2016, cuando se aumentaron las penas para los actos de maltrato y crueldad.


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