Miguel Ángel Toma fue abogado de la Corporación Nacional para el Desarrollo mientras era fiscal del gobierno.
Una auditoría en la Corporación Nacional para el Desarrollo permitió conocer una serie de contratos llamativos.
Uno de ellos, por ejemplo, era con una abogada que tenía un contrato de por vida pero que fue rescindido hace unos días. El plazo decía que duraba “hasta la concreción del objeto de la persona jurídica Corporación Ferroviaria del Uruguay según sus estatutos”. O sea, mientras exista.
Otros contratos son con un abogado que es funcionario público y que de acuerdo a las actuales normas de la Corporación no podría ser contratado, pero que estuvo cuatro años asesorando a la institución mientras era fiscal de gobierno. Hablamos del Dr. Miguel Ángel Toma.
Toma está siendo investigado ya por los viajes con una contadora por la Jutep, la Fiscalía y la Oficina del Servicio Civil.
Fue secretario de la Presidencia de Vázquez de 2008 a 2010, luego fue designado fiscal de gobierno por el presidente Tabaré Vázquez el 1º de febrero de 2010 y sigue en ese cargo. Solo interrumpió esa función para ser otra vez secretario de la Presidencia de 2015 a 2020.
Veamos los contratos en cuestión:
El primero fue firmado el 20 de diciembre de 2010 para que Toma fuera asesor legal del directorio de CND y de la Agencia Nacional para el Desarrollo. Es un contrato por 6 meses por mil dólares mensuales más IVA por mes.
Luego se firmó una extensión de contrato por 6 meses más por el mismo monto.
El 16 de enero de 2012 se firma otro contrato por 4 meses a mil dólares por mes más IVA.
El 8 de agosto de 2012 se firma otro contrato hasta el 31 de marzo de 2013 y se sube el monto a 3 mil dólares más IVA por mes.
El 3 de junio de 2013 se firma otro acuerdo hasta el 31 de marzo de 2014 por cien mil pesos más IVA por mes.
En resumen, hubo 5 contratos entre 2010 y 2014 en los que el Dr. Toma siendo fiscal de gobierno también asesoraba a la CND.
¿Legalmente esto es un problema? ¿Hay alguna incompatibilidad? No. Pero es un caso para debatir. ¿Por qué? Veamos la ley 11.923 del año 1953.
El artículo 32 básicamente dice que un funcionario público no puede tener dos ingresos del Estado.
Pero en este caso, la Corporación Nacional para el Desarrollo es del Estado, tiene un presidente designado por el Ejecutivo, un directorio político, maneja fondos públicos pero formalmente es una persona pública no estatal, o sea que se maneja por el derecho privado. Dicho en criollo: la plata es pública pero se paga por una ventanilla que no lo es.
Sin embargo, la Corporación Nacional para el Desarrollo evita contratar a funcionarios públicos y les pide una declaración jurada que diga que no son empleados del Estado.
Telemundo consultó al CND y espera la respuesta del directorio para saber si a toma le pidieron esa declaración o no. Y en caso de que no, por qué no lo hicieron.
También se comunicó con el Dr. Toma para saber si le habían pedido esa documentación por ser funcionario público pero la llamada se cortó y luego no pudimos comunicarnos con él.