Con el nuevo ajuste, la franja mínima de aportes de IRPF pasa a $43.239 líquidos, luego de restarle al salario el Fonasa, los aportes jubilatorios, el Fondo de Reconversión Laboral y otras deducciones.
A partir de este enero rigen nuevas franjas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) por el aumento del valor de la base de prestaciones y contribuciones.
No tributan los salarios por debajo de $42.000 líquidos, ni las jubilaciones inferiores a $49.000.
La Base de Prestaciones y Contribuciones es la unidad de referencia para el cálculo de las franjas del IRPF y del IASS. Por decreto el Poder Ejecutivo aumentó la BPC de acuerdo a la evolución del Índice Medio de Salarios a $ 6.177, con validez desde el 1º de enero, lo que implicó una suba de 9,13%.
Con el nuevo ajuste, la franja mínima de aportes de IRPF pasa a $43.239 líquidos, luego de restarle al salario el Fonasa, los aportes jubilatorios, el Fondo de Reconversión Laboral y otras deducciones. Se paga el 10% de los ingresos entre ese monto y $61.770.
En total hay siete franjas de aportes. La tasa más alta del IRPF, del 36%, se aplica a los ingresos mensuales superiores a $710.356, a la parte que exceda ese importe.
El ajuste de la BPC también modificó el IASS. El mínimo no imponible pasó a ser de $49.416. Los ingresos desde ese monto a $92.655 pagan el 10%.
Hay tres franjas. La tasa máxima es del 30%, y se aplica la parte del ingreso que supere los $308.851 mensuales.
Además, la jubilación mínima que cobran unas 140.000 personas pasa a ser de $18.840, con un aumento de casi $1.700.
También se ajustan el impuesto que pagan los egresados de la Universidad de la República, UTU y UTEC al Fondo de Solidaridad, las becas mensuales que reciben los estudiantes, y la deducción máxima que puede realizarse por el pago de cuotas hipotecarias.
