Se reglamentó la ley que beneficiará a deudores en Unidades Reajustables del Banco Hipotecario, para préstamos de más de 40 años

También establece una baja de tasas de interés para créditos más recientes.

Se reglamentó la ley aprobada en diciembre, que beneficiará a algunos deudores en Unidades Reajustables del Banco Hipotecario y la Agencia Nacional de Vivienda.

Para acceder tienen que cumplir algunos requisitos, como que el titular de la deuda sea una persona física, y que haya sido un crédito para la compra, construcción o reparación de una vivienda, dejando afuera garajes o locales comerciales. El monto del préstamo original no puede ser superior a los US$ 80.000.

La primera opción es la extinción de los créditos, a partir del mes de noviembre, si transcurrieron al menos 40 años desde que se tomó la deuda. Se deberá cumplir la condición de haber completado un mínimo de 210 pagos mensuales, y el saldo de capital a pagar (considerando el 65% de los colgamentos) debe ser igual o inferior al 65% del capital original.

Otra opción es la reducción de la tasa de interés desde octubre, al 0% para quienes tengan créditos asumidos desde hace de 30 a 40 años. La reducción de interés de hasta 2,5% es para deudas con una antigüedad entre 15 y 30 años.

Está previsto que el 18 de octubre se publiquen cuáles son los beneficiarios que podrán acceder a alguna de las modalidades. El número de beneficiarios aún no está claro pero las autoridades estiman que ronda los 25.000.


Las Más Vistas